Evita Multas y Demandas

Tuviste un accidente o una fiscalización y quieres evitar multas o demandas!!!




Entérate aquí lo que debes tener al día y dar cumplimiento a la legislación vigente.



Hoy en día las obligaciones de los empleadores para con sus trabajadores  ya no sólo se limita al pago de cotizaciones previsionales y seguro de accidentes laborales, además de eso, es deber del empleador el procurar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, así como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.

De acuerdo a lo anterior hay ciertos puntos en materia de salud y seguridad laboral que los empleadores deben tener implementado, en este sentido acá te damos una guía de todos los puntos que se requieren para mantener al día los aspectos legales básicos.

1. Reglamento interno de Orden Higiene y Seguridad (RIOHS). Este documento regula la relación contractual entre los trabajadores y la empresa, así como también define en materias de Higiene y Seguridad lineamientos para realizar un trabajo sano y seguro. 
2. Obligación de informar los riesgos laborales (ODI). Este ámbito obliga al empleador a entregar herramientas para que el trabajador ejecute sus tareas de manera sana y segura, en este sentido debe indicar los peligros a los que está expuesto el trabajador, medidas preventivas que han de adoptarse para evitar la materialización de un accidente o enfermedad y los métodos de trabajo correcto que estén definidos para cada tarea.
3. Entregar los equipos de protección personal (E.P.P.). De acuerdo a las tareas que haga la organización, sean estas rutinarias o no rutinarias, tiene definidos ciertos elementos de protección que están orientados -cuando no existe la posibilidad de eliminar, sustituir o controlar un peligro- a disminuir la probabilidad y/o las consecuencias de ocurrencia de un accidente o enfermedad profesional.
4. Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS). El comité es un organismo técnico de participación entre empresas y trabajadores, que tiene como objetivo principal evitar la ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
5. Departamento de Prevención de Riesgos (DPR). Este organismo tiene por objetivo el asesorar corporativamente a la empresa en la Administración del Sistema de Gestión Preventivo en Seguridad y Salud Ocupacional. Está permanentemente velando para evitar la ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, las características que difiere del CPHS, es que el DPR es una entidad con profesionales en dicho ámbito y realiza acciones proactivas para implantar una cultura preventiva en todos los estamentos de la organización.
6. Reglamento para empresas contratistas y subcontratistas. Este documento establece procedimientos administrativos, requerimientos y obligaciones en materias de salud y seguridad ocupacional que deben cumplir las empresas contratistas o subcontratistas, durante el desarrollo de obras, faenas o servicios para con nuestra organización.
7. Condiciones de higiene; entre las muchas que aparecen en la legislación vigente podemos resumir en los siguientes puntos:
    a. Determinar actividades críticas con potencial de causar daños a la salud e implementar medidas preventivas orientadas a eliminar el peligro si es posible o sustituirlo en caso de que no sea posible eliminarlo, en este sentido no sólo debemos preocuparnos por los peligros inherentes a la ejecución de actividades laborales, sino también determinar agentes de riesgo que pudieran ocasionar enfermedades profesionales, y de acuerdo a esto mantener una adecuada vigilancia de los agentes y la salud de los trabajadores expuestos.
    b. Sistemas de extinción de incendios, en este punto es importante contar con extintores ya sea de PQS o CO2 indistintamente que se cuente con algún otro medio de extinción como fire sprinkler o red húmeda. Adicionalmente se debe entrenar a todos los trabajadores en el correcto uso de estos.
    c. Planes de Emergencia, dado que no es posible determinar cuándo ocurrirá un desastre de origen natural o humano; es se hace  imprescindible contar con un plan que defina una estructura de actuación frente a las diferentes emergencias que pudieran suceder en nuestra organización. 


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